XV Congreso de la Asociación Latinoamericana de Investigadores de la Comunicación
Medellín, Colombia, 9 al 13 de noviembre de 2020
Organizan
❖ Asociación Latinoamericana de Investigadores de la Comunicación (ALAIC).
❖ Facultad de Comunicación Social – Periodismo de la Universidad Pontificia Bolivariana (UPB).
PLANTILLA PARA PRESENTACIÓN DE PONENCIA COMPLETA
Ponencia presentada al GT- 18 Ética, Libertad de Expresión y Derecho a la Comunicación
Derechos de niños, niñas y adolescentes en comunicaciones audiovisuales y convergentes en la Argentina neoliberal (2015-2019).
Situación del Consejo Asesor de la Comunicación Audiovisual y la Infancia (CONACAI) y de la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual (DPSCA).
Rights of children and adolescents in audiovisual and convergent communications in the neoliberal Argentina (2015-2019). Status of the Advisory Council for Audiovisual Communication and Children (CONACAI) and the Public Defender of Audiovisual Communication Services (DPSCA).
BACCARO Adrian Lázaro1
MAGLIERI Adrian Sergio2
1 UBA (Universidad de Buenos Aires)-UNQ (Universidad Nacional de Quilmes), Magister en Industrias Culturales, Argentina, SIGNIS Argentina. Industria más Cultura adrianbaccaro@gmail.com
2 UNQ (Universidad Nacional de Quilmes), Magister en Industrias Culturales, Argentina antimedio@gmail.com
Resumen:
Los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes (DNNyA) fueron tenidos en cuenta en el texto de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA) N° 26522 de Argentina (2009), resultando una incorporación importante en lo que hace a su reconocimiento legal y avances producidos hasta esa fecha.
En este trabajo se evalúan las acciones del Consejo Asesor de la Comunicación Audiovisual y la Infancia (CONACAI), y de la Defensoría del Público (DPSCA), específicamente durante el gobierno del presidente Macri en Argentina (2015-2019). La finalidad es dar cuenta de un primer período de aparente continuidad con las políticas anteriores (ejecutadas entre 2009 y 2015) y una segunda etapa de desactivación de ambos organismos mantenidos solo en sus aspectos formales. Analizaremos cuales fueron los motivos para esta discontinuidad y la relevancia de recuperar estas políticas a futuro.
Hasta 2015, estos organismos impulsaron algunos avances en materia de derechos y mejoras de la calidad de recepción y de producción del audiovisual para la infancia, pero durante el gobierno del presidente Macri, tanto el CONACAI como la Defensoría del Público, fueron en gran parte invisibilizados y desarticulados por la nueva autoridad de comunicación creada (el ENACOM, en reemplazo de la ASFCA) que ya había iniciado un cambio de paradigma en torno a las comunicaciones convergentes.
Palabras Clave: DERECHOS – COMUNICACIÓN- INFANCIA
Abstract:
The Rights of Boys, Girls and Adolescents (DNNyA) were taken into account in the text of the Audiovisual Communication Services Law (LSCA) N° 26522 of Argentina (2009), resulting in an important incorporation regarding their recognition legal and advances produced up to that date.
This work evaluates the actions of the Advisory Council for Audiovisual Communication and Children (CONACAI), and the Public Defender's Office (DPSCA), specifically during the government of President Macri in Argentina (2015-2019). The purpose is to account for a first period of apparent continuity with the previous policies (executed between 2009 and 2015) and a second stage of deactivation of both bodies, maintained only in their formal aspects. We will analyze what were the reasons for this discontinuity and the relevance of recovering these policies in the future.
Until 2015, these organizations promoted some advances in the area of rights and improvements in the quality of reception and production of audiovisuals for children, but
during the government of President Macri, both CONACAI and the Public Defender's Office were largely invisible and dismantled by the new communication authority created (ENACOM, replacing ASFCA) that had already initiated a paradigm shift around convergent communications.
Key words: RIGHTS - COMMUNICATION- CHILDHOOD
Texto principal
Los objetivos concretos del trabajo están en línea con:
- Continuar la sistematización del trabajo de dos organismos (DPSCA y CONACAI) surgidos luego de la sanción y posterior aplicación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (2009) en referencia a la promoción y defensa de los derechos de niñas, niños y adolescentes.
- Observar sus respectivos aportes en el sentido de la promoción y defensa de los derechos mencionados desde sus comienzos, en sus aspectos más relevantes.
- Dar cuenta de los cambios producidos en estos organismos durante la gestión del presidente Mauricio Macri, en donde se producen notorios retrocesos respecto a los objetivos iniciales contenidos en la Ley de SCA.
Caracterización del estudio o discusión teórica propuesta.
El estudio se enmarca dentro de una perspectiva de la ética de la comunicación y como esta se plasma en políticas concretas, en su vinculación con los derechos de la comunicación en general y específicamente, con los derechos de los niños, niñas y
adolescentes. Entendemos que este debate ha sido postergado e invisibilizado y es fundamental recuperar el sentido de estas políticas y darles prioridad.
Enfoque y/o metodología de abordaje.
En cuanto a la metodología de abordaje, se trabajó con análisis de documentación de ambos organismos, resoluciones, decretos y leyes vinculadas a las temáticas de derechos de comunicación de niños, niñas y adolescentes, y al funcionamiento de estos organismos.
Se efectuaron entrevistas a miembros y ex miembros de sendos organismos y se analizaron informes solicitados. Ante la inacción del Estado, tanto las organizaciones civiles desplazadas del CONACAI, como algunos gobiernos provinciales, realizaron una serie actividades que podrían ser el germen de un nuevo proceso y que también son considerados en este trabajo.
1-Introducción
La temática de comunicación e infancias no ha ocupado tradicionalmente espacios importantes, ni en los congresos de comunicación en Latinoamérica, ni a nivel de las naciones. En general se realiza un recorte que limita la reflexión y el estudio sobre los aspectos pedagógicos, en lo que se da en llamar el campo de la educomunicación, de la comunicación y la educación, o la educación para los medios. Algunas organizaciones civiles han desarrollado una aproximación, incluyendo estudios de impacto o incluso guías para el trabajo para los periodistas desde una perspectiva de los niños y las niñas como sujetos de derecho. La comunicación social tiene una deuda respecto a la centralidad que se le debería dar a estos temas. Cómo lo venimos haciendo desde 2012 en el Congreso de ALAIC de 2012 (Montevideo) proponemos e insistimos en que la temática referida a las infancias, los medios, las nuevas tecnologías y derechos de los niños, debe ser considerada en sí misma, como un eje autónomo.
En particular, nos detendremos en este trabajo en las experiencias que, impulsadas inicialmente desde organizaciones de la sociedad civil especializadas en este tema y con importantes experiencias realizadas en el territorio desde hace décadas, avanzaron, no sin dificultades, hacia la formulación de una política estratégica en el campo.
En el caso argentino, un adelanto notable se produjo cuando los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes (DNNyA) fueron tenidos en cuenta en el texto de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA) N° 26522 de octubre de 2009, resultando una incorporación fundacional en lo que hace a su reconocimiento legal, con posteriores avances y retrocesos producidos hasta esa fecha3.
Evaluamos aquí la evolución de las acciones del Consejo Asesor de la Comunicación Audiovisual y la Infancia (CONACAI) y los lineamientos de trabajo en la promoción de los derechos a la comunicación de niños y jóvenes, desarrollados por la Defensoría del Público (DPSCA), con la doble finalidad de dar cuenta de sus acciones, resoluciones y dificultades de implementación, así como su utilidad para ser pensadas en experiencias en curso en Latinoamérica.
La hipótesis principal para el período analizado es que, si bien hasta fines de 2015 ambos organismos habían impulsado algunos avances en materia de derechos y mejoras de la calidad de recepción y de producción del audiovisual para la infancia, iniciado el gobierno del presidente Macri en Argentina (10 de diciembre de 2015) se dictaron decretos y 3 En una publicación de la red ANDI de América Latina, se reconoce este avance en los derechos de comunicación de niños, niñas y adolescentes, remarcando la introducción de normas específicas de la ley, la creación del CONACAI y la promoción en la producción de contenidos específicos (FOMECA) entre otros aspectos (ANDI, 2013 p 47-49)
posteriores reglamentaciones que afectaron seriamente el espíritu central de la ley 265224, desandando el camino realizado hasta allí.
En ese nuevo escenario, tanto el CONACAI como la Defensoría del Público, no lograron la consolidación institucional deseada y fueron invisibilizados y finalmente desarticulados por la nueva autoridad de comunicación creada apenas asumido el gobierno neoliberal (ENACOM, en reemplazo de la ex ASFCA y AFTIC)5, que a su vez comenzó a promover un cambio de paradigma en torno a las comunicaciones convergentes. Por otra parte, la promesa del análisis y posible sanción de una nueva ley de Comunicaciones convergentes (que nunca se terminaría de concretar) sirvió para dilatar propuestas de mayor participación y la actuación de estos organismos, poniéndolos a la defensiva de una supuesta nueva estructura legal.
2. Acciones e inacciones
Para la LSCA y el fallo de la Suprema Corte de Justicia (Argentina) de 20136, la información es entendida como un “bien social” y no ya como una mercancía. Por primera
4 El decreto N° 267/2015 emitido por el gobierno de Macri a pocos días de asumir, produjo fuertes cambios en el espíritu de ley, especialmente en referencia a los límites de la concentración de los medios de comunicación, regulación del videocable y telefónicas, disolviendo dos entes (AFSCA Y AFTIC) y unificándolos en un nuevo organismo (ENACOM) que comenzaría a regular el mercado audiovisual y de telecomunicaciones en forma conjunta.
5 El Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) es un ente autárquico y descentralizado que funcionó en el ámbito del Ministerio de Modernización de Argentina. Creado en 2016 por decreto presidencial de necesidad y urgencia, se encargaría del cumplimiento de la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual y de la Ley 27.078 Argentina Digital —conocida como Ley de Telecomunicaciones—, hasta ese momento responsabilidad de la AFSCA y la AFTIC.
6 Ver dictamen completo CSJ de Argentina sobre constitucionalidad de la Ley de SCA N° 26522, 29 de octubre de 2013 https://www.cij.gov.ar/nota-12394-La-Corte-Suprema-declar--la-constitucionalidad-de-la-Ley-de-Medios.html
vez en la historia de los medios audiovisuales, se consideraron específicamente los derechos de los niños a la comunicación y se incorporó el concepto de audiencias como sujetos de derecho. Esa construcción -que atravesó debates ciudadanos, parlamentarios y judiciales- fue desarticulada en poco más de dos semanas, a través de tres decretos de Macri (dos de ellos de necesidad y urgencia) sin discusión ni debate7. En los primeros meses de gestión, tanto el CONACAI como la DPSCA, si bien no fueron desarticulados y continuaron vigentes, entraron en una nebulosa, tanto por la aplicación de nuevas normativas que las llevaban a un segundo plano, como por la falta de apoyo del ENACOM. Ante la situación planteada, un informe de la Defensoría, consideró que la derogación por decreto de las medidas anti monopólicas que contenía la LSCA, implicaba “un retroceso en la concepción de las audiencias como sujetos de derecho por los impactos que tendrán estas disposiciones en materia de diversidad, pluralidad de representaciones y voces en los servicios de comunicación audiovisual y protección de las industrias culturales nacionales, fundamentalmente” (DPSCA, Informe 2016). En el caso del CONACAI, ante la falta de comunicación y convocatoria de parte del ENACOM, un grupo de representantes autoconvocados, optó por privilegiar un intento de diálogo con las autoridades para preservar la continuidad del organismo en aras del derecho superior de los niños y niñas, relegando posibles críticas a las medidas tomadas por el decreto mencionado. Se hizo hincapié en que el Estado argentino como adherente a la Convención Sobre los Derechos del Niño8 (con rango constitucional por la reforma
7 Se hace referencia aquí a los decretos N° 267 y 268/2015 de NU (modificatorias de aspectos centrales de la LSCA como la creación de ENACOM y los límites de licencias) y al decreto ordinario N° 678/16 que modifica cuestiones reglamentarios de la ley N° 26522 referidas a tandas publicitarias (en cuanto a su anuncio y duración) y la señalización del “top” horario, entre otras cuestiones.
8 Ver texto completo en: http://www.unicef.org/argentina/spanish/7.-Convencionsobrelosderechos.pdf
constitucional de 1994) estaba obligado a crear y hacer respetar las condiciones para que niñas, niños y adolescentes reciban programación específica, que contribuya a su entretenimiento, su crecimiento, su inserción en la sociedad y su proceso de formación. Uno de los temas que comenzaron a reclamar los representantes de CONACAI, giró en torno al cumplimiento de la franja horaria con programación para la infancia, que se dejó sin efecto en la práctica una vez asumido el gobierno de Macri. A través del Decreto reglamentario 1225, de 2010, se había dispuesto que sobre la base del artículo 689 de la Ley 26.522 se emitieran como mínimo, tres horas diarias de la programación de los servicios televisivos abiertos destinados a contenidos especialmente dedicados a niños, niñas y adolescentes, cuya producción sea realizada por productoras nacionales en un porcentaje no inferior al 50%. La preocupación sobre este tema y otros referidos a la infancia, también quedó manifestada en la Primera Audiencia Pública sobre Medios Públicos de RTA S.E. realizada el 30 de noviembre de 2017 (dos años después de asumido el gobierno) en Buenos Aires, en donde participaron representantes de CONACAI y de la DPSCA, entre otros miembros del Consejo consultivo Honorario de los medios Públicos. Uno de los principales planteos realizados por integrantes del CONACAI, hizo referencia al “incumplimiento de la cuota de programación infantil, que garantice el acceso de chicos y chicas a contenidos diseñados
9 ARTÍCULO 68.- Los contenidos de la programación, de sus avances y de la publicidad, deberán ajustarse a las condiciones establecidas en la Ley N° 26.522. Al inicio del horario establecido como apto para todo público y a su finalización, deberá emitirse claramente, en forma escrita y oral, la leyenda "A PARTIR DE ESTE MOMENTO COMIENZA EL HORARIO APTO PARA TODO PÚBLICO", y "A PARTIR DE ESTE MOMENTO FINALIZA EL HORARIO APTO PARA TODO PÚBLICO", respectivamente. (…) Como mínimo, TRES (3) horas diarias de la programación de los servicios televisivos abiertos deberán ser destinadas a contenidos especialmente dedicados a niños, niñas y adolescentes, cuya producción sea realizada por productoras nacionales en un porcentaje no inferior al CINCUENTA POR CIENTO (50%).
Texto Completo: http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/170000-174999/171306/norma.htm
exclusivamente para ellos y dentro de ella la promoción de una cuota de producción local representativa de las historias, realidades y experiencias de los chicos y chicas argentinos por parte de los medios integrantes de RTA y de los canales de aire nacionales” (CCHMP, 2017). También se señaló, la preocupación por el traspaso de los canales públicos educativos (Canales Encuentro y Paka Paka) desde la órbita del Ministerio de Educación de la Nación a la Secretaría de Medios, por la posible pérdida del carácter de herramienta educativa que estas experiencias televisivas tuvieron desde su génesis en 2008 y 2010 respectivamente. Propusieron además que “se destine un porcentaje de los ingresos de Radio y Televisión Argentina, específicamente a formar un fondo de fomento concursable para la producción de programación de calidad para los niños, como estrategia de fortalecimiento del campo audiovisual y digital para la infancia” (CCHMP, 2017). En relación al decreto 267/2015, apenas iniciada la gestión de Macri, la DPSCA había señalado que “restaura una concepción que reduce la comunicación a su carácter comercial y la libera a las reglas del mercado. Las modificaciones y derogaciones que establecen este decreto y sus reglamentaciones profundizaran patrones de representación excluyentes, dificultan la participación ciudadana, disminuyen las posibilidades de acceso universal a los medios de comunicación audiovisual y al ejercicio igualitario de la libertad de expresión”. (DPSCA, Informe 2016). Es en este sentido, que el debilitamiento de la acción directa del estado para resguardar los derechos de acceso igualitario de los ciudadanos a los medios de comunicación, incide de igual manera en las menores posibilidades de participación y acción directa de niños y jóvenes en un sistema de medios que tiende a mantenerse concentrado y solo interesado en la obtención de ganancias económicas.
El foro se convirtió en el único espacio donde los miembros de los organismos pudieron manifestar su voz, al menos como expresiones de voluntad, en una sociedad acallada ante el embate neoliberal que se imprimía en todas las áreas sociales a partir de un discurso unificador y cómplice de los medios hegemónicos. Existió una clara persecución a voces opositoras, expresada en el despido masivo de trabajadores de la agencia estatal de información (TELAM) y locutores de la radio nacional, en función de sus antiguas publicaciones en redes sociales. Esta persecución, dada solo como ejemplo, se reproducía en muchas otras áreas de los medios de comunicación y en sectores de la educación. Por un lado, los representantes del CONACAI, habían logrado finalmente que en septiembre de 2016 se realizara una reunión “reorganizativa”, recibiendo promesas de reactivación del organismo de parte del ENACOM que luego no serían cumplidas. Una nota crítica y de reclamo fue elevada a fines de ese mismo año, lográndose que en mayo de 2017 se llame a una primera plenaria. Además de la cuestión antes referida sobre la franja horaria, las primeras acciones se centraron en torno a una reformulación del reglamento, el reaseguro de la continuidad del CONACAI (u organismo similar), su inclusión en una proyectada nueva ley de comunicaciones convergentes (que incluía políticas referidas a internet y redes sociales) y la reactivación de las comisiones temáticas (fondos, capacitación, investigación y contenidos, ciudadanía digital, comunicación) entre otras cuestiones.
En tanto, el recorrido de la DPSCA durante la gestión de Cambiemos, pasó por dos etapas: la primera, de críticas hacia las medidas adoptadas en el área de comunicación por el gobierno nacional, pero al mismo tiempo de cierta autonomía y preservación de actividades del organismo. Esta etapa transcurre desde el inicio de la gestión liberal, hasta la salida de María J. Guembé (reemplazante de Cynthia Ottaviano). La segunda etapa, ya es
claramente una intervención de la defensoría, bajo la gestión de Emilio Alonso (septiembre de 2018 a marzo de 2020) en donde se suceden presiones y persecuciones a trabajadores y trabajadoras, provocando una reducción de la actividad del organismo y una clara disminución en la ejecución de distintos programas y tareas.
Con la asunción del gobierno de Alberto Fernández (10 de diciembre de 2019) luego de cuatro años de políticas desreguladoras en el ámbito comunicacional, se abre una nueva etapa, que ha generado la expectativa de retomar el camino del derecho a la comunicación como eje central, suplantando una etapa signada por la falta de preocupación real por la promoción de medios de calidad para la infancia, y la casi nulidad de propuestas relevantes en las nuevas problemáticas vinculadas en general a las redes sociales e internet y al incremento de la brecha digital. A ello se suman los continuos abusos cometidos en medios y redes que vulneran de manera cotidiana los derechos de la infancia, en la difusión de muchos de sus contenidos.
3-CONACAI: contra la vulneración de derechos y por la producción de calidad Este organismo fue definido y creado por el artículo 17 de la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual (Resolución 0498 AFSCA/10)10. Para garantizar la participación y representación multidisciplinaria y federal, la ley dispuso que el Consejo estuviera conformado por representantes de entidades gubernamentales y no gubernamentales, como así también de consejeros provinciales cuya especialidad fuera la infancia.
10 Resolución administrativa: http://www.consejoinfancia.gob.ar/wp-content/uploads/2013/08/R20100498.pdf Formalmente el CONACAI se conforma el 4 de abril de 2011, realizándose su presentación y primera reunión plenaria en el Teatro Cervantes de Buenos Aires.
Los miembros del Consejo Asesor permanecen por ley, dos años en sus funciones con la posibilidad de repetir sus mandatos, se desempeñan de forma honoraria y pueden ser removidos y/o sustituidos por la autoridad de aplicación a solicitud de la misma entidad que los propuso. El Consejo debe reunirse, según su reglamento, en forma plenaria al menos tres veces por año calendario. La realidad y el compromiso de los consejeros marcó en los primeros cuatro años un promedio de cinco reuniones anuales, pero se interrumpió luego de asumir al gobierno de Mauricio Macri, en donde solo realizó una convocatoria en septiembre de 2016, luego de la insistente solicitud de un grupo de consejeros autoconvocados. En 2017 se realizaron solo dos reuniones, pero se comenzaron a bloquear las iniciativas de las organizaciones de la sociedad civil que finalmente derivaron en intentos por parte de la Presidenta del ENACOM (Silvana Giúdice) de modificar ipso facto la ley, convirtiendo a las mismas en un mero Comité Consultivo del Consejo, cuestión rechazada por todas las organizaciones. Se pretendía dar centralidad a las representaciones provinciales, que a su vez estaban condicionadas por los intereses particulares de gobernadores, en general de signo opositor al oficialismo, pero que intentaban no generar nuevas barreras que obstaculizaran negociaciones de diversa índole, y en pos de garantizar las gobernabilidades provinciales. De tal manera se opacó una política de estado que debía garantizar los derechos de los niños, privilegiando cuidar la relación con los medios concentrados. Otra política que afecto la promoción de medios de calidad para la infancia, fue la actitud permanente de favorecer la actividad privada en detrimento de la programación y los medios del estado que tendieron a ser ocultados. Tanto la señal infantil Paka Paka, como Encuentro, sufrieron despidos, rebajas presupuestarias disminución en la producción de contenidos y un
desplazamiento de los lugares centrales de las grillas televisivas, atentando contra su audiencia.11 Las problemáticas abarcadas por el CONACAI incorporaron originalmente todo el arco de producción de servicios de comunicación audiovisual, las modalidades de capacitación para las nuevas formas de producción (dadas las experiencias profesionales locales mínimas en el campo de programación infantil), el acompañamiento en la construcción de miradas más críticas (tanto desde el marco de la formación docente, como desde el trabajo educativo con los alumnos y alumnas en todos los niveles y en la educación informal) y el fomento con fondos para la producción de calidad para la infancia. Inicialmente, la metodología de trabajo desde la primera reunión plenaria de 2011, había sido el armado de tres comisiones que buscarían orientar sus objetivos para optimizar las funciones del Consejo. Ellas fueron: Contenidos e Investigación, Formación y Capacitación y Fomento y Producción.
La sumatoria de miradas de las organizaciones de la sociedad civil, los gremios docentes públicos y privados, los representantes de organismos oficiales de infancia de cada provincia y la Nación,12 fueron un ámbito rico en cruces y perspectivas, pero que solo
11 Según la periodista Tamara Smerling, la producción de la señal infantil, en solo tres años, bajó hasta un 75 por ciento: de 87,60 horas de producción propias (19 series y 7 microprogramas, muchos realizados durante la gestión anterior) en 2016, se pasó a menos de la mitad: 37,55 (8 series, 5 micros y una aplicación para móviles) en 2017. La cifra de 2018 (hasta septiembre) es de seis producciones propias (seis series y 2 microprogramas), con un total de 22,75 horas. (Smerling, 2018) Fuente: https://www.lacapital.com.ar/educacion/pakapaka-una-senal-educativa-cada-vez-mas-chica-n1681926.html accesado 28/09/18.
12 Representantes: el Consejo Asesor instituido por la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual está integrado por representantes de los gobiernos provinciales, el Ministerio de Educación de la Nación, la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, el Foro Parlamentario por la Infancia, los gremios docentes CTERA, SADOP, UDA, AMET y CEA, y siete organizaciones de la sociedad civil con larga trayectoria en la temática – SAVIAA, Nueva Mirada, Las Otras Voces, Fund TV, Periodismo Social (renuncio a su participación en la segunda Plenaria), CASACIDN y Signis Argentina.
lograron resultados limitados en las gestión de la AFSCA (2011-2015). La complejidad y multiplicidad de tareas que implicaba, volvió bastante lenta su efectiva puesta en marcha.
Como ya se mencionó anteriormente, la administración del presidente Macri puso múltiples trabas al trabajo que con dificultades se venía realizando, hasta condenar al CONACAI a su inactividad (la última información de alguna actividad que figura en la página web oficial aún vigente - www.consejoinfancia.gob - data de abril de 2018)13.
Desplazadas las organizaciones de la sociedad civil, que originariamente habían soñado y logrado poner en marcha este proyecto, los consejeros provinciales no pudieron sostener la continuidad de la iniciativa. Muchos de ellos siguieron realizando actividades puntuales, incorporando además toda las problemáticas planteadas por los usos de las redes sociales de niños, niñas y adolescentes (ciberbullying, grooming, responsabilidades del estado, de los padres, etc.) es decir que se recluyeron en generar acciones micro locales, en un contexto político sumamente adverso.
En la actualidad, dado el regreso al poder en Argentina de un gobierno popular, y pese a la situación de pandemia, ya comenzaron articulaciones desde la nueva dirección del ENACON para la reactivación del CONACAI, incluida la derogación de la disposiciones que anulaban las consejerías de las representaciones de la sociedad civil, e iniciando una nueva etapa en el marco de la ley vigente, que había sido obviada por la administración anterior. La reorganización de este espacio hoy no puede dejar de lado el fuerte deterioro social que afecta directamente a la infancia, en más del 50 % en estado de pobreza, y sobre lo que se exige absoluta prioridad.
13 Verificación 28.02.2020. La página comenzó a actualizarse en noticias desde julio de 2020, 2 años después.
Uno de los derechos que claramente se incumplen en el marco del ASPO (Aislamiento Social Preventivo y obligatorio) es la posibilidad de acceso digital en igualdad de condiciones para todos los niños que han visto amenazada su continuidad escolar durante el ciclo lectivo 2020. 4- DEFENSORÍA DEL PÚBLICO: Derechos en peligro en la era Macri La DPSCA, es un organismo de Argentina, creado luego de la aprobación de la LSCA, encargado de recibir y canalizar las consultas, reclamos y denuncias del público de la radio y la televisión. La primera designación como Defensora del público, recayó en la periodista Cynthia Ottaviano14. Se creó para actuar en el ámbito judicial, en representación de una persona o de manera colectiva, de reclamarle a la ENACOM o de hacerlo extrajudicialmente, mediante la posibilidad de crear las mediaciones comunicacionales. Su función primordial, es democratizar las voces y miradas, e impedir el manejo hegemónico de la comunicación, lo que implicó, desde su puesta en funcionamiento en 2013, un verdadero cambio de paradigma en la distribución de la información, que dejó de observarse como una mercancía, para ser considerada un derecho humano. Desde su creación, la DPSCA, generó varios mecanismos de participación ciudadana como: foros, talleres y audiencias públicas, e impulsó el tratamiento de diversas temáticas vinculadas al derecho a la comunicación (diversidad de género, inclusión, etc) poniendo especial énfasis en los nuevos DNNyA.
14 La primera titular de la Defensoría del Público creada en 2012, recibió 80 adhesiones desde medios de comunicación, organismos de Derechos Humanos, personalidades de la Cultura y de numerosos periodistas y tan sólo una impugnación, que fue presentada por el Grupo Clarín SA. Según lo establece la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, el titular de la defensoría, debe ser designado por resolución de ambas Cámaras parlamentarias, a propuesta de una comisión bicameral.
Desde el área específica de niñez y juventud de la Defensoría, se realizaron ya desde el primer año de trabajo, varios encuentros y publicaciones. En el informe “A un año de la creación de la Defensoría”15, se menciona la publicación de trabajos como: “Por una comunicación democrática de la niñez y la adolescencia”, en conjunto con UNICEF y la ex AFSCA, y la realización de diversas mesas de trabajo y debates sobre niñez y adolescencia, además de temas de género, diversidad religiosa, cobertura periodística del delito de trata de personas, derecho a réplica y ambiente, entre otros. Por otra parte, la DPSCA comenzó instrumentar periódicamente audiencias públicas, para que toda la ciudadanía pueda manifestar su conocimiento, experiencia, sus opiniones, y en donde puedan expresar sus ideas, todas las personas, grupos e instituciones, que se sientan afectadas o tengan interés en un asunto dado en el área de los medios de comunicación audiovisual.16. Inicialmente tuvo la tarea de difundir la Ley N° 26522 en todos sus aspectos, muy en especial en lo que se refiere a los derechos de las audiencias. El área de capacitación desarrolló exposiciones y/o talleres sobre la Ley en general, y muy especialmente sobre los derechos comunicacionales. En esto último, se puso siempre especial atención sobre los
15 Puede consultarse el informe completo en: http://www.defensadelpublico.gob.ar/es/ano-creacion-defensoria-del-publico
16 Durante 2014 la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual organizó siete Audiencias Públicas en las que jóvenes de todo el país se expresaron acerca de sus derechos comunicacionales. Participaron 1750 chicas y chicos, casi mil fueron oradores u oradoras, representaron a 220 organizaciones, escuelas y otros espacios de pertenencia de las 24 provincias argentinas. Este proceso fue acompañado por 170 instancias de formación y de debate en las que participaron 4.000 jóvenes. Los agentes participantes de estas audiencias públicas, según la ejecución de metas físicas anuales, sufrieron progresivas restricciones en los años subsiguientes, desde 2016 a 2019. Pasaron de un promedio de 1300 en el periodo (2014-2016) a ser solo 130 en 2017, 750 en 2018 y ninguno en 2019. (datos del ANEXO 4 de informe 04/2020-DPSCA, 2020)
DNNyA17. Generó también, diversas líneas de trabajo, como el propuesto a los docentes de escuelas primarias y secundarias de todo el país, en base la producción de materiales conceptuales y propuestas de actividades para trabajar en las aulas sobre los DNNyA y reflexionar acerca de las representaciones que los medios de comunicación audiovisual realizan de la niñez y la adolescencia. En cuanto a materiales de consulta, la DPSCA, puso a disposición de los ciudadanos, abundante material pedagógico especializado en el derecho a la comunicación, segmentado en áreas o temáticas específicas, para consultas de profesionales y público en general, además de poner en funcionamiento una biblioteca especializada en comunicación. También, se promovieron guías para el tratamiento responsable de ciertas temáticas en los medios de comunicación audiovisual18. Todas estas acciones iniciales de promoción, se sucedieron durante los primeros años de funcionamiento del organismo (2013-2015) ya que luego de la asunción del presidente Macri, en diciembre de 2015, los programas y proyectos en marcha comenzaron a mermar, observándose un debilitamiento progresivo en la ejecución de tareas y en la capacidad de poder cumplir plenamente sus funciones. En relación a esto, como se dijo anteriormente, la DPSCA, pasó por una etapa de preservación frente a la posibilidad constante de su desarticulación o cambio de estatus, a
17 El año 2015, fue declarado por el organismo, como “el año por la inclusión de niñas, niños y adolescentes en los medios audiovisuales”, y puso en marcha un plan de trabajo en articulación con otros organismos, instituciones y organizaciones que se sustenta en lo dicho en las Audiencias Públicas.
18 Puede observarse a modo de ejemplo, la Guía para el tratamiento mediático en el caso de violencia contra las mujeres en: bit.ly/GuíaViGén publicado el 31 de mayo de 2017 https://www.facebook.com/DefensoriaDelPublico/
otra de una intervención de hecho, con la designación frente al organismo del abogado Emilio Alonso en septiembre de 2018, sin ningún tipo de experiencia o antecedentes en el área. Con esta designación arbitraria y sin apoyo institucional, la actividad de la Dirección de Protección de Derechos y Asuntos jurídicos, y en particular, las tramitaciones de los reclamos de las audiencias, se vieron seriamente afectadas, socavando la capacidad del organismo de garantizar, por ende, los DNNyA. Entre las cuestiones puntuales señaladas por el organismo, frente a un pedido de información pública (N° 4/2020) se menciona entre las falencias de la gestión de E. Alonso, que “históricamente los reclamos de las audiencias que objetaban emisiones de radio y televisión se analizaron de manera interdisciplinaria (…) y a partir de la intervención, los traslados de reclamos se vieron demorados, y/o en algunos casos interrumpidos, de modo arbitrario” (DPSCA, 2020). El informe aclara que, si bien continuaron ingresando reclamos y consultas, la intervención afectó claramente la capacidad de respuesta del organismo, con distintos mecanismos de dilación, como la demora o la falta de firmas del titular del organismo en los expedientes cursados, muchas veces de manera selectiva y arbitraria según los casos. Por otra parte, se produjo una desvinculación con organizaciones de la sociedad civil, organismos del estado y otros colectivos con el que se ligaba la Defensoría, lo que generó “un aislamiento de aquellas organizaciones, sujetos y entidades, con las cuales se habían construido redes y trabajo articulado” (DPSCA, 2020). Esta situación, dificultó las instancias de diálogo necesarias para la resolución de conflictos, así como la generación de actividades y acuerdos estratégicos, que normalmente desarrollaba el organismo.
El duro informe emitido por la DPSCA sobre la gestión del funcionario Alonso, apunta también a otra estrategia de entorpecimiento para el normal funcionamiento del organismo, como fue la desarticulación entre distintas áreas, y no permitir con ello “darle continuidad a la tarea de realización y difusión de materiales, como por ejemplo guías y recomendaciones para el tratamiento responsable de diversas temáticas en los medios de comunicación” (DPSCA, 2020). La inacción de la Defensoría, también se provocó “paralizando la convocatoria a mesas de trabajo de las cuales participaban actores institucionales, académicos y sociales, expertos en las distintas materias” (Ibid) menciona el documento público. Otros de los puntos señalados, marca la falta de acompañamiento legal a medios alternativos y comunitarios en la posibilidad de acceso a líneas de fomento (FOMECA) para estos medios de comunicación, que en general eran promocionados, pero que también se demoraban en su otorgamiento por el ENACOM, incumpliendo sistemáticamente plazos y pautas estipuladas con anterioridad. Este trabajo, que antes de la intervención se desarrollaba en forma constante por el organismo, fue paralizado en forma arbitraria. En el ámbito de la asesoría sobre aspectos del derecho a la comunicación y la protección de los sujetos, otra de las cuestiones en los que la DPSCA es fundamental como agente de consultas, la gestión de Alonso se encargó de suspender este tipo de actividades, como la intervención del organismo en la formulación de normativas y leyes específicas, así como provocó también la “interrupción de la relación institucional con organismos regionales e internacionales de derechos humanos competentes en materia de libertad de expresión, acceso a la información y participación cultural” (DPSCA, 2020).
Por muchas de estas cuestiones, en octubre de 2019, se realizó un pedido de remoción del funcionario interventor con la firma del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), del Foro de Radios Comunitarias (FARCO) de la filial Argentina de la Asociación Mundial de Radios Comunitarias (AMARC) y de investigadores y académicos del campo de la comunicación. Además de señalar que la designación de Alonso incumplió los requisitos exigidos por ley para ser Defensor/a y el reglamento impuesto por la Comisión Bicameral (de la H.C.de Senado de Argentina) los denunciantes resaltaron que Alonso discontinuó líneas de trabajo, paralizó diversas actividades y separó de sus cargos al director Ernesto Lamas en un acto de persecución política, provocando la renuncia de la directora María José Guembe. El documento, en relación a la gestión de Alonso, concluye que "el resultado de estas decisiones es una Defensoría empobrecida, paralizada en todas sus acciones y la total desprotección de los derechos de las audiencias". (Uranga, W. 2019) Todos los aspectos señalados en el informe público solicitado (N°04/2020) sumado a las denuncias públicas de organismos y especialistas en áreas de la comunicación, marcan un claro deterioro del funcionamiento del organismo durante la intervención, mediante distintos artilugios de demoras administrativas, desarticulación de áreas de trabajo, falta de aplicación de competencias, desvinculación con otros organismos, lo que provocó una lesión en la capacidad de la DPSCA para proteger los derechos de comunicación audiovisual en general, afectando por ende, los DNNyA. 5- ALGUNAS REFLEXIONES FINALES
El actual gobierno de Argentina, mostró ciertas acciones en su política de comunicaciones que evidencian signos positivos hacia el avance de la re constitución del
paradigma de entender a la comunicación como un derecho y revalorizar y garantizar los DNNyA.
En este punto, pueden señalarse al menos dos cuestiones alentadoras. El primero, es la designación de la periodista Miriam Lewin19, como nueva titular de la DPSCA, lo que significó una normalización del funcionamiento del organismo.
Por otra parte, el reciente decreto N° 690/202020, que declaró como servicios públicos esenciales a la telefonía celular, los servicios de Internet y la televisión paga, revalorizan el derecho de acceso a las telecomunicaciones y elevan las garantías de cumplimiento de los servicios de comunicación audiovisual.
En relación al CONACAI, pese a las dificultades impuestas por la pandemia de COVID-19, el 15 de julio de 2020, el Directorio de ENACOM comunicó la nueva convocatoria que incluía a las organizaciones de la sociedad civil, anulando la disposición de que pasaran a formar parte de un consejo consultivo y restableciéndolas como consejerías. También estableció su reglamento de funcionamiento e invitó formalmente a participar a UNICEF, UNESCO, y a otras entidades no incluidas en los procesos anteriores, ampliando su base de participación21.
Estas acciones iniciales, son indicios del restablecimiento de una política pública de comunicación coherente con el período 2009-2015, que sin embargo, suceden en el marco de mayores conflictos con grupos mediáticos hegemónicos, que ven resentidas su indiscriminada libertad de acción y de negocio, frente a regulaciones estatales tendientes a
19 El nombramiento fue aprobado en la comisión bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, las Tecnologías de las Telecomunicaciones y la Digitalización en mayo de 2020, y su cargo ratificado en junio de este año.
20 Decreto 690/2020 boletín oficial https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/233932/20200822
21 https://www.enacom.gob.ar/noticias/institucional/enacom-convoca-al-nuevo-consejo-asesor-de-la-infancia--conacai-_n2465
una mayor democratización de las comunicaciones. Esta situación, los lleva sin disimulo, a realizar distintas acciones desestabilizantes, como incrementar la circulación de falsas noticias, para reinstalar gobiernos alineados con sus intereses privados.
De cómo se resuelvan estas disputas político-económicas y sus consecuencias, ya sean producto de resultados electorales o movimientos destituyentes de los poderes políticos constituidos legalmente (apoyados en nuevas formas golpistas como el lawefare, o la combinación de medios, jueces y nuevas oligarquías anti republicanas), dependen en definitiva, las posibilidades reales de que los entes que defienden los DNNyA en relación a los medios y las TICS, puedan efectivamente garantizarlos en los próximos años. Bibliografía y Fuentes: - AFSCA/10 (Resolución 0498), (2010) - ANDI. (2013). - “Derechos de la infancia y derecho a la comunicación: fortaleciendo convergencias en los marcos legales y en las políticas públicas” [Libro-Publicación digital]. Recuperado 2 febrero, 2020, de http://www.andi.org.br/politicas-de-comunicacao/publicacao/derechos-de-la-infancia-y-derecho-a-la-comunicacion - Baccaro A. Maglieri A, (2017) “Derechos de niños, niñas y adolescentes en medios audiovisuales y comunicaciones convergentes”. Acciones del (CONACAI) y de la (DPSCA) en Argentina (2010-2016). VII COLOQUIO LATINOAMERICANO DE EDUCACIÓN EN DERECHOS HUMANOS-2017, Montevideo, URUGUAY - ------- (2016) “Derechos de niños y jóvenes a la comunicación (Acciones del (CONACAI) y de la (DPSCA) en Argentina).”, ENACOM 2016, Jujuy, Arg. Ver:
http://www.ceidtv.com.ar/sites/www.ceidtv.com.ar/files/libro_-_memorias_del_xiv_enacom_-_jujuy_2016_-_1.pdf - Baccaro, A. (2010), Hacia una TV pública para la infancia, Libro Electrónico, Mutirao de Comunicación de Porto Alegre, Jornadas Académicas. Feb. de 2010. - Becerra Martín y Mastrini Guillermo (2017), Medios en guerra: balance, crítica y desguace de las políticas de comunicación, 2003-2016, Ed. Biblios - CCHMP (2017) Consejo Consultivo Honorario de Medios Públicos de RTA S.E. (2017, 30 noviembre). - INFORME DE GESTION Y RESUMEN EJECUTIVO DE AUDIENCIA PUBLICA: Primera Audiencia Pública sobre Medios Públicos de RTA S.E. Recuperado 10 sep, 2019, Ver: https://www.senado.gov.ar/upload/22533.pdf - CONACAI (2014): Resoluciones, Plenarias, Documentos de trabajo, etc. Recuperados 1 al 14 de marzo de 2019 del Sitio oficial del CONACAI : www.consejoinfancia.gob.ar - ----- (2013) Criterios de calidad del CONACAI para una mejor comunicación audiovisual destinada a niñas, niños y adolescentes. Recuperado del sitio web del CONACAI, 2 de marzo de 2019: http://www.consejoinfancia.gob.ar/?p=1073 - ----- (2008) 10 puntos para una TV de calidad (declaración). Recuperado el 10 de marzo de 2018 del sitio web del CONACAI: http://www.consejoinfancia.gob.ar/?p=409 - DPSCA http://www.defensadelpublico.gob.ar/es
- DPSCA (2020, septiembre). Nota N° 136/2020 – Respuesta a solicitud de Información Pública (N° 04/2020). Buenos Aires, Argentina: DPSCA. - DPSCA, Informe 2016. Solicitado por Maglieri Adrian Sergio, el 29/07/16-PP2125/2016. - Ley. Convención sobre los derechos del niño adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, en Nueva York el 20/11/89. Boletín Oficial de la República Argentina, 23.849; 22 de octubre de 1990 (Aplicación del art. 70 de C.N.). - LSCA. (2009) Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Boletín Oficial de la República Argentina, 26.522, Octubre 10 de 2009. - Uranga, W. (2019, 12 octubre). Piden la remoción del interventor de la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual. Página/12. Recuperado de https://www.pagina12.com.ar - Smerling, T. (2018, 29 septiembre). Peligra la continuidad de Pakapaka. Recuperado 29 sep, 2018, de https://www.lacapital.com.ar/educacion/pakapaka-una-senal-educativa-cada-vez-mas-chica-n1681926.html